Muchas mujeres, aún cuando cabe anotar que esto también sucede con hombres, pasan muchísimas horas paradas mientras cumplen el horario correspondiente a su jornada laboral. Ello se aprecia claramente en cajeras, obreras, guardias de seguridad, recepcionistas, vendedoras, etc.
Ilustración: Margarita Nava |
Hace mucho tiempo en diversos países, entre los que se ubicaron algunas naciones sudamericanas, una reivindicación en la lucha de empleados y obreros estuvo dirigida a presionar a los gobernantes para que aprobaran normas que regularan el tiempo en que una empleada podía estar parada, para evitar las molestias y problemas físicos que ello pudiera ocasionar. En el caso de España esta ley se promulgó el 27 de febrero de 1912; al respecto señala Nieves Concostrina.
La ley de la silla obligaba a los empleadores a proporcionar una silla a toda mujer que trabajara en la industria o el comercio. De los hombres no decía nada. Ellos podían seguir de pie.En la ley de la silla estaba implícito el derecho de las mujeres a sentarse un ratito cada hora. [...]España no fue la primera en aplicar la Ley de la Silla. Fue Argentina, a la que después se unieron Chile, Uruguay, Colombia... y varios de estos países aún recogen la Ley de la Silla en sus actuales códigos de derecho laboral. Hay que ver lo que costó trabajar y lo que luego costó hacerlo sentada.
Para el caso de Uruguay la ley se promulgó el 10 de julio de 1918 y entró en rigor tres meses después. El artículo 1º puntualiza que: “Los almacenes, tiendas, boticas, fábricas, talleres y otros establecimientos y locales en que trabajen mujeres tendrán un número suficiente de sillas para que empleadas u obreras puedan tomar asiento siempre que sus tareas lo permitan.” Así mismo se establece que los Inspectores de Trabajo serán los responsables de vigilar el cumplimiento de la misma. También se definen los montos de las multas (diferenciadas en tanto se trate de la primera vez o reincidente) y se dispone que los fondos recaudados se destinarán al Tesoro de la Asistencia Pública.
Por aquellos años la participación de mujeres en los sindicatos así como en el gobierno era restringida por lo que la ley de la silla adquiere cierto grado de caballerosidad en tanto que esta regulación no se hizo extensiva al caso de los hombres.
Han pasado casi cien años de aquellos entonces y sin embargo por lo que es posible observar por ejemplo en el caso de las cajeras de las grandes cadenas de tiendas, en México o no existe la Ley de la Silla o su violación es flagrante. ¿No será tiempo de subsanar esta omisión?
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